¿Qué es una empresa?
Son organizaciones que se dedican a producir bienes o servicios con el objetivo de obtener ganancias a través de proveer bienes y servicios a sus clientes
Las empresas las podemos clasificar según su actividad económica, según su régimen jurídico, según su capital o según su nivel de patrimonio. Las empresas se pueden clasificar en:
Empresas comerciales: Se encarga de la compra de bienes materiales, ya sean materias primas o productos terminados, pero que no realizan ningún proceso de manufactura.
Empresas industriales: Se encargan de la extracción y de la transformación y manufactura de las materias primas
Empresa de servicios: Se crean con la finalidad de proveer al cliente un servicio
Empresas comerciales: Se encarga de la compra de bienes materiales, ya sean materias primas o productos terminados, pero que no realizan ningún proceso de manufactura.
Empresas industriales: Se encargan de la extracción y de la transformación y manufactura de las materias primas
Empresa de servicios: Se crean con la finalidad de proveer al cliente un servicio
Tipos de sociedades y empresas
existen varias alternativas jurídicas en Colombia para para creación de una empresa, una vez que la persona fundadora de la empresa establezca la actividad que desempeñará la empresa, tiene que determinar cantidad de socios que trabajará en la empresa ya sea el solo o varios.
La cámara de comercio establece ciertos parámetros para llevar a cabo el proyecto de la empresa, se debe tener en cuenta tres opciones:
Creación de la empresa de forma individual
Persona natural comerciante: persona que ejerce una actividad que la ley considera mercantil, de este modo la persona natura deberá hacerse cargo de las responsabilidades que implica el desarrollo de su negocio junto a todo su patrimonio. Para hacer parte de esto tiene que tener en cuenta cierto requisito que es estar inscrito al registro único tributario (RUT), y posterior a ello deberá validarlo con la cámara de comercio.
Empresa unipersonal: independientemente de de la persona que establezca la empresa, tiene personería jurídica, es decir con derechos y obligaciones existentes, pero no como persona física, si no como institución. La persona ya sea natural o jurídica aporta una cierta parte de su capital para el desarrollo de la actividad de su empresa.
Sociedades por acción simplificada (S.A.S): Es una sociedad formada por capitales con naturaleza comercial, es decir
está constituida por el alcance de su objeto social según las actividades que
desarrolle la sociedad y se construye mediante un contrato donde intervienen
los socios o mediante un acto unilateral, la sociedad puede conformarse por uno
o varios socios ya sea persona natural o jurídica puesto que la ley 1258 no
establece el límite de ellos.
Creación de la empresa por dos o más personas:

Sociedad colectiva: mediante una escritura pública este se ejerce entre dos o más socios, realiza actividades mercantiles o civiles bajo una razón social unificada, respondiendo los socios de las deudas que no pudieron cubrirse con el capital social.
Sociedad anónima (S.A): mediante una escritura pública este se ejerce entre 5 o más socios accionistas, es sociedad tipo capitalista, todo el capital se encuentra dividido en acciones, que representan la partición de cada socio en el capital de la compañía; En el momento de la constitución se debe indicar el capital autorizado, suscrito (nunca menor del 50% del capital establecido) y pagado (nunca menor del 33% del capital suscrito.
sociedades limitadas: este tipo de empresas están conformadas desde dos hasta máximo 25 socios y deben estar establecidas mediante un escrito público, a responsabilidad está limitada al capital aportado, y por lo tanto, en el caso de que se contraigan deudas, no responde con el patrimonio personal de los socios, sino al aportado en dicha empresa Limitada.
Sociedad en comandita simple (S. en C.): mediante una escritura pública este se ejerce entre uno o más socios gestores, coexisten socios colectivos que aportan trabajo, sin embargo los comanditarios si desean pueden o no aportar capital, y además de ello se dedican a la explotación del objeto social en nombre colectivo.
Sociedad en comandita por acciones (S.C.A): mediante una escritura pública este se ejerce entre uno o más socios gestores, entre ellos pueden conformarlo mínimo cinco socios comanditarios o capitalistas, hacen sus aportes económicos que representan en acciones y limitan su responsabilidad al valor de las mismas.
Sociedad en comandita simple (S. en C.): mediante una escritura pública este se ejerce entre uno o más socios gestores, coexisten socios colectivos que aportan trabajo, sin embargo los comanditarios si desean pueden o no aportar capital, y además de ello se dedican a la explotación del objeto social en nombre colectivo.
Sociedad en comandita por acciones (S.C.A): mediante una escritura pública este se ejerce entre uno o más socios gestores, entre ellos pueden conformarlo mínimo cinco socios comanditarios o capitalistas, hacen sus aportes económicos que representan en acciones y limitan su responsabilidad al valor de las mismas.